Thursday, July 24, 2008

De Gustavo Bossert y Ricardo Gil Lavedra

"Tras su rechazo, el Ejecutivo dictó el decreto 1176, que dispuso dejar sin efecto la resolución 125 y sus modificatorias, e instruir en tal sentido al ministro de Economía, por más que, inexplicablemente, evitó utilizar el verbo derogar.

¿Fue sólo por no reconocer, con la palabra adecuada, que la resolución ya no rige? O encierra otra intención?

Los considerandos de dicho decreto contienen afirmaciones enigmáticas como sostener que el trámite parlamentario quedó inconcluso y el Congreso sin manifestación, cuando es obvio que el Congreso rechazó el proyecto conforme al artículo 81 de la Constitución e incurre también en fundamentos insólitos, más apropiados para un manifiesto político que para una pieza jurídica."

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